El TC anula el impuesto de plusvalía en toda España

EL TC ANULA EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA EN TODA ESPAÑA

El pasado 17 de Mayo de 2017 el Tribunal Constitucional declaró nulo los artículos que rigen el Impuesto  sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía, ya que debe haber un incremento real del valor del bien. Es decir, NO se elimina el impuesto, debe pagarse cuando se haya producido un incremento desde el momento de compra hasta la venta.

Por tanto, si hay pérdidas, no se ha producido un incremento ni ganancia y, en consecuencia, no habría una plusvalía.

La bajada de precios que ha provocado la crisis, hace que se vendan los bienes por debajo del valor de compra. A pesar de esto, los municipios han solicitado dicho impuesto y, en consecuencia, el TC abrió una vía de reclamación para los afectados.

El plazo para realizar las reclamaciones es de cuatro años desde la fecha en que se pagó dicho impuesto.

TINSA prevé que hay más de 550.000 afectados en toda España.

Los afectados deberán presentar un escrito de devolución en sus respectivos ayuntamientos.

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